En primera instancia

En primera instancia

Un juez dictó el sobreseimiento para tres policías acusados de "vejaciones"

Figuran investigados por un hecho ocurrido en esta ciudad el 3 de febrero de 2013, cuando desempeñaban tareas en la Comunal y arrestaron a un joven, medida llevada a cabo durante un enfrentamiento en la vía pública que protagonizaron dos grupos. Según la denuncia de la presunta víctima que después se tradujo en esta acusación, en ese entonces los efectivos de seguridad la golpearon. Pero ahora, al ser rechazada la elevación a juicio de este sumario, el Juez de Garantías que intervino en esa investigación penal no dio por demostrado que los hechos sucedieran tal cómo fueron denunciados. La Fiscal a cargo de la instrucción de la causa recurrió ante la Cámara Penal de Azul los sobreseimientos de los policías, por lo que este fallo aún no adquirió rango de firmeza.

13 de abril de 2021 00:04:00

Por Fabián Sotes

fsotes@yahoo.com.ar

Especial para El Fénix

Tres efectivos de seguridad que en 2013 desempeñaban tareas en la Estación de Policía Comunal de esta ciudad fueron sobreseídos en primera instancia por un juez de Garantías con asiento en Azul, en el marco de una causa donde figuran acusados del delito de "vejaciones" por un hecho que había ocurrido en febrero de aquel año.

De acuerdo con lo informado por voceros allegados a la instrucción de ese sumario penal, lo dispuesto semanas atrás por el magistrado Juan José Suárez -el titular del Juzgado de Garantías 3 con sede en el Palacio de Justicia de Azul- ha sido apelado ante la Cámara Penal departamental por Karina Gennuso, la fiscal a cargo de la instrucción de este expediente.

En otras palabras, eso significa que por el momento no ha adquirido rango de firmeza aquella decisión del Juez garante, que en esta primera instancia se tradujo en "sobreseer totalmente" a los policías.

La medida fue dispuesta después de que el titular de Garantías 3 no diera lugar a un pedido de elevación a juicio del expediente donde los efectivos de seguridad figuran acusados.

Esa solicitud había sido formulada por la titular de la Unidad Funcional de Instrucción número 6, la fiscalía que también tiene su sede en los tribunales de la ciudad de Azul, quien luego de conocida esta resolución decidió recurrirla ante la Alzada departamental.

Los policías de la Bonaerense investigados por este hecho fueron identificados como Juan Cruz Catalán, un oficial oriundo de Mar del Plata que figura con actual domicilio en Tandil y tiene 38 años de edad; Mauro Luciano Fauret, un juarense de 37 años que ostenta la jerarquía de sargento en la fuerza; y un subcomisario oriundo y radicado en Cacharí, localidad perteneciente al Partido de Azul, que se llama Ariel Alberto Peralta (43).

De acuerdo con lo que se señala en estas actuaciones penales, los tres desempeñaban tareas en la Estación de Policía Comunal de Benito Juárez cuando el 3 de febrero de 2013 se produjo el hecho por el que figuran investigados en este sumario penal donde ahora, en esta primera instancia, han sido sobreseídos.

Lo que sostiene la Fiscal

Los elementos de prueba reunidos por la Fiscal a cargo de la instrucción de ese sumario indicaban que minutos después de la hora seis de ese día ya mencionado, "en las inmediaciones" de las calles Corrientes y Maipú de Benito Juárez, en el marco de un incidente que en ese entonces se estaba produciendo en la vía pública entre dos grupos, los tres policías interceptaron a un joven y "realizaron actos vejatorios" contra él.

Específicamente, esos hechos consistieron en que le dieran "golpes de rodilla en su estómago y en sus testículos" -acción que la Fiscal sostiene que hizo Peralta-, al mismo tiempo que Catalán le aplicaba a la presunta víctima trompadas "en su espalda y cuello" y Fauret la arrojó al piso.

El joven, que durante ese ya referido incidente fue aprehendido, había resultado con diferentes lesiones como consecuencia de aquel supuesto accionar ilegal que diera lugar al inicio de este sumario penal por "vejaciones".

Pero a diferencia de lo sostenido por la representante de la Acusación, para el Juez de Garantías que ahora sobreseyó a los policías esas actuaciones llevadas adelante por la Fiscal "no logran alcanzar motivo suficiente que justifique su paso al siguiente estadio procesal", es decir, la realización del juicio.

Consideraciones para tres sobreseimientos

El magistrado Suárez indicó en lo dispuesto que las propias declaraciones que en su momento brindaran los efectivos de seguridad imputados sirvieron para afirmar se desempeñaron de manera legítima en su carácter de funcionarios policiales que son durante aquel procedimiento. Y que en ese contexto "debieron actuar ante dos grupos de jóvenes que intentaban agredirse mutuamente, en cuyas circunstancias les solicitaron a ambos grupos que se dispersen para evitar peleas".

En esas circunstancias, tanto la presunta víctima de esta investigación penal como un menor de edad y una joven, al no acatar aquella orden, comenzaron a agredir a los efectivos de seguridad que aquel día intervinieron en lo ocurrido, según refirieron los encausados.

Eso mismo señalaron también otros agentes ligados a lo que había sido la realización de aquel procedimiento en la vía pública, quienes fueron convocados para declarar como testigos en esta causa.

Al respecto, el juez de Garantías Suárez señaló en la resolución que esas "versiones exculpatorias" de los imputados "fueron ratificadas por otros funcionarios policiales que participaron del mismo procedimiento y sobre los cuales no pesa ninguna acusación".

De acuerdo con lo que contara uno de los policías acusados, junto a los demás efectivos encausados se encontraban aquel 3 de febrero de 2013 recorriendo la zona céntrica de esta ciudad en el auto particular de uno de ellos, ocasión durante la cual observaron en la calle a esos dos grupos de jóvenes involucrados en el incidente y decidieron intervenir en lo que estaba pasando.

Para rechazar la elevación a juicio de esta causa, el Juez de Garantías tuvo en cuenta también que "los testimonios de cargo sobre los que apoya su acusación el Ministerio Público fueron efectuados por personas sospechadas de los delitos de lesiones leves, atentado a la autoridad agravado y amenazas", los ilícitos por los que habían sido acusados los arrestados en aquel incidente. Entre ellos, el joven que después denunció que los policías lo agredieron.

"Pero extrañamente, el acusador considera veraces los dichos de los denunciantes al declarar como acusados en la causa de mención pero no lo dicho por los oficiales de Policía al declarar como acusados en la presente investigación", señaló sobre esa situación el titular de Garantías 3 en el fallo.

Además, el Juez objetó el enfoque de la Acusación cuando sostenía que "lo dicho por los sospechados y los testigos por ellos propuestos 'no refleja la realidad de lo acontecido y no logra desvirtuar el poder convictivo que se extrae de la prueba de cargo (...) intentándose meramente con aquella colocar a los causantes en mejor situación procesal', pero sin señalar por qué puede afirmar que 'no refleja la realidad' y, menos aún -reitero-, por qué en un caso lo dicho en una audiencia prevista en el artículo 308 del ritual -la conocida comúnmente como "indagatoria"- es sólo para lograr 'una mejor situación procesal' y en otro caso no".

"Y para concluir esta exposición tengo que señalar que el procedimiento policial en el cual se habrían dado los hechos aquí imputados tuvo lugar el día 3 de febrero del año 2013, lo cual termina de sellar la suerte adversa del requerimiento fiscal en el entendimiento de que si en ocho años de instrucción no pudieron recabarse elementos de convicción que funden el mérito pertinente para la apertura del plenario se torna altamente improbable -por no decir imposible- que la duda que emerge de las presentes actuaciones pueda ser superada en la siguiente etapa", es decir, el juicio.

Los sobreseimientos en esta primera instancia para los tres policías habían sido solicitudes que en su momento formularan sus respectivos representantes legales en esta causa: la defensora Oficial Laura Serradell y los defensores particulares Sergio Mercado y Néstor Musa.

En el caso del abogado Mercado, también había formulado un planteo de nulidad de estas actuaciones penales, a la que el titular del Juzgado de Garantías 3 con sede en el Palacio de Justicia de Azul no dio lugar.

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