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Prisión Preventiva para pareja de juarenses en causa por estupefacientes

El pasado 5 de febrero se realizó un allanamiento en Avda. Mitre 217. Dicha tarea fue autorizada por el Juzgado de Garantías a requerimiento del Fiscal Subrogante de la UFI 22 de Tandil, Dr. Adrián Peiretti y se efectivizó a través del trabajo encabezado por la SubDDI de Benito Juárez, SubDDI Tandil, Grupo GAD y División Canes del Servicio Penitenciario Bonaerense. En esa oportunidad hubo dos personas, mayores de edad, que fueron aprehendidas por hallarse estupefacientes en cantidad y preparación "con fines de comercialización y para ser entregados en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor". Se pudo confirmar oficialmente que se trata de Luis Alberto Dorinzi y Yanina Soledad Barraza.

4 de marzo de 2026 07:31:00

Relacionado con el caso

En la Resolución Judicial adoptada por el Fiscal de Garantías señala que la investigación se inició a partir de una denuncia anónima realizada el día 17/10/2025. A partir de allí la fiscalía interviniente a través de sus equipos de investigadores comenzaron a desarrollar su tarea, utilizando casi como prueba inicial las redes sociales que, en ese sentido aportaron datos que, luego los investigadores, fueron profundizando y en la redacción del documento, el Juez de Garantías fue sumando para dar sustento a la decisión final.

"...la información obtenida a raíz de las tareas de observación y vigilancia llevadas a cabo por los funcionarios policiales actuantes en virtud de los datos preliminares..., surge en primer lugar que los sospechados residen en Av. Bartolomé Mitre nro.217 de la localidad de Benito Juárez..." señala el documento.

El Fiscal para respaldar la solicitud de prisión preventiva de ambos imputados, presentó "...secuencias fotográficas tomadas en el transcurso de las diversas observaciones estáticas...". Por otra parte, se sumaron también las declaraciones testimoniales de los funcionarios policiales que fueron asignados a la tarea investigativa.

En las declaraciones de los investigadores policiales de la SubDDI, se lee que acompañan sus declaraciones con pruebas fílmicas o fotos, y concluyen: "...a criterio del declarante, es compatible con la comercialización de material de estupefaciente ya que las visitas en los domicilios duran unos pocos minutos, y su modus operandi sería el de delivery..."(sic)

El allanamiento, en distintos envases que se hallaban con variada cantidad de sustancia, se secuestraron en total 4.841 grs. de marihuana; 7 teléfonos celulares, una balanza digital, recortes de nylon negro, dinero en efectivo ($ 400.500), anotaciones vinculando nombres de personas con frascos, frascos de vidrio vacíos y otros con vestigios de marihuana.

Al momento de realizar el allanamiento, la imputada mostró a la funcionaria policial actuante, una credencial de REPROCANN, Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis.

En los Considerando, el Juez de Garantías señala que "...se acredita con mayor robustez al tener presente el resultado del allanamiento autorizado desde este Juzgado, en el que se encontró en poder de los imputados, material estupefaciente, concretamente marihuana, en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor..."

"Todos los estupefacientes secuestrados se encuentran comprendidos en las previsiones de la Ley 23.737 y eran tenidos ilegítimamente por Luis Alberto Dorinzi y Yanina Soledad Barraza con fines de comercialización...".

El Agente Fiscal realiza encuadre legal como tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas al consumidor en concurso ideal con comercialización propiamente dicha, atribuyendo la comisión del mismo a Luis Alberto Dorinzi... y Yanina Soledad Barraza...".

Los defensores particulares requirieron la readecuación de la calificación otorgada a tenencia simple o tenencia para consumo personal, fundamentando lo expuesto en la mera tenencia de la sustancia de estupefacientes, y fundamentando que el volumen secuestrado, podría estar inmerso en lo que se obtenga del cultivo de cinco plantas autorizadas por REPROCANN.

Para el Juez tiene mayor sustento lo aportado por los investigadores, la modalidad delivery observada y las pruebas logradas, por ejemplo, sustancia fraccionada, frascos con vestigios de la misma, recortes de nylon, balanza de precisión, frascos con y nombres de terceras personas identificadas quedando a su criterio demostrado que el destino no era el de uso personal, descartando la simple tenencia, y más aún la tenencia para consumo personal y concluir que los encartados detentaban la sustancia estupefaciente con la finalidad de comercializar la misma.

Resolución del asunto

El Titular del Juzgado de Garantías 2, Dr. Federico Barberena resolvió no hacer lugar al cambio de calificación legal solicitado por la defensa, manteniendo incólume por el momento la de "...tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas al consumidor-arts. 5, inc. c de la Ley nº23737 en relación al art.2.1 de la Ley provincial de adhesiónnº13392."

Señala "no hacer lugar a la libertad por falta de mérito de los causantes..."; "Denegar la excarcelación ordinaria y extraordinaria solicitada por la defensa..." y "convertir en prisión preventiva, la detención impuesta a los imputados Luis Alberto Dorinzi y Yanina Soledad Barraza... como autores penalmente responsable, en el hecho materia de pesquisa y que fuera calificado como constitutivo del delito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas al consumidor..."

En el punto cinco de la Resolución señala mantener el alojamiento de la detenida Yanina Soledad Barraza en la Unidad N°52 con sede en esta ciudad de Azul, correspondiente al Servicio Penitenciario Bonaerense. Más adelante, en punto seis, concluye: disponer el traslado del detenido Luis Alberto Dorinzi a la Unidad Penitencia N°7 de Azul, correspondiente al Servicio Penitenciario Bonaerense...".

En este último, el imputado fue alojado en primera instancia en la Unidad Penal 2 de Sierra Chica, por lo que el Juez solicita traslado.

jcantero@elfenixdigital.com

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