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En Laprida, LLA pretende impugnar una Resolución adoptada por Sergio Ferraro, quien fundamenta a favor

Los Partidos de oposición en la ciudad de Laprida, se sienten muy molestos con una decisión adoptada por el Contador Sergio Ferraro, Secretario de Economía y Finanzas en la Municipalidad de Laprida, quien mediante la Resolución 73/2025 no permite el acceso de los concejales de oposición al Sistema RAFAM.

29 de enero de 2026 08:55:00

El Partido libertario rechazó, y recordó la existencia de una ordenanza vigente en Laprida, en relación con el acceso a RAFAM. En la nota deja en claro que una Ordenanza Municipal no puede ser derogada, ni ignorada por una Resolución de una Secretaría de Gobierno.

El Bloque Unipersonal, con la firma del Concejal Sebastián Arístegui reclama el cumplimiento de la Ordenanza 2523/2021 que, en su primer artículo manifiesta: "Dispóngase la instalación de una copia del sistema RAFAM, en las computadoras de los bloques y en los dispositivos de todos los concejales que lo requieran".

Mientras que en el artículo siguiente ordena: "Habilítese de manera permanente, sin restricciones y en tiempo real para ejercicio económico vigente y anteriores".

El Bloque de LLA señala que "dicha norma se encuentra plenamente vigente y no ha sido derogada ni modificada por otra ordenanza posterior", por lo que considera que la Resolución 73/2025 debe ser impugnada.

La nota del Concejal Aristegui está dirigida al Presidente del Honorable Concejo Deliberante Hugo Marcelo Dascón, que a su vez es quien firmó la Ordenanza que pretende ser desconocida por el Secretario de Economía y Finanzas.

Conferencia de Ferraro

El Secretario de Economía y Finanzas, llamó a conferencia de Prensa a los medios locales en Laprida y los puso al tanto, fundamentando la decisión adoptada, aunque según la nota enviada por LLA sería ilegal.

Sentado frente a los colegas, el Contador Ferraro avisó: "No estamos ocultando nada, estamos cumpliendo la normativa". Agregando luego, "lo que hicimos fue acatar lo que dice la ley (sin especificar qué Ley). El acceso al sistema corresponde cuando se presenta la Rendición de Cuentas en el Concejo Deliberante, que es cuando los concejales deben analizar y controlar la información".

"La normativa es clara: el acceso se otorga en el momento de la Rendición de Cuentas. Antes de eso, cualquier información puede ser solicitada al Ejecutivo, que la provee por los canales correspondientes. No hay ningún problema con brindar datos", explicó el Secretario de Economía y Finanzas.

Ferraro instó a que se consulte primero la normativa antes de "hacer campaña mediática", en clara referencia a las expresiones de LLA.

Además, cuestionó lo que definió como "uso y abuso del sistema" por parte de algunos ediles, que -según indicó- generaron pedidos "irracionales" que entorpecieron el trabajo administrativo.

Como ejemplo, mencionó: "El primer día hábil se pidió por escrito información sobre un plazo fijo que, técnicamente, todavía estaba en proceso de transferencia. Eso demuestra desconocimiento del funcionamiento administrativo. Con una consulta directa se hubiera resuelto sin generar ruido".

Consultamos la IA sobre el acceso a RAFAM

Los concejales de la oposición, así como los oficialistas, tienen permitido el acceso al sistema RAFAM, en general, bajo la modalidad de consulta permanente para el análisis financiero municipal, amparados en su rol de control. Sin embargo, el acceso "sin restricciones" suele ser motivo de conflicto político, ya que algunos municipios restringen el acceso para evitar interferencias, basándose en la normativa vigente, argumentando que el acceso es solo de lectura.

  • Acceso Permanente (Consulta): La normativa de algunos HCDs establece el acceso a los concejales de manera permanente al sistema RAFAM para el análisis de información.
  • Restricciones de la Justicia: La Justicia ha fallado, en ciertos casos, a favor del municipio al limitar o restringir el acceso total de la oposición para evitar interferencias en el funcionamiento del Ejecutivo.
  • Facultad de Consulta, no Modificación: La facultad de acceso es exclusivamente de consulta, no para modificar, introducir o anular asientos.
  • Disputa Política: La oposición suele reclamar el libre acceso al sistema para la transparencia, mientras que el oficialismo a menudo regula este acceso para cumplir con normativas específicas y asegurar la operatividad

Analizando el tema, podría ser que por desconocimiento del área Legislativa, Ferraro haya ignorado la existencia de la Ordenanza 2523/2021 que se halla vigente.

Difícil tarea la que lleva a cabo en su doble rol: oficialista en Laprida y oposición en Juárez, lo que, evidentemente lleva a un cambio de principios, dependiendo la ciudad en la que se halle. En la práctica, parece ser cierta incoherencia en su postura, según la ciudad y el cargo o lugar que ocupe en ese momento, no obstante, es evidente la diferencia: En Laprida las consultas se responden. En Juárez los pedidos de informes no son respondidos.

jcantero@elfenixdigital.com

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