Asociación de Productores-CARBAP

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Pobreza intelectual en la sanción en el Senado de la modificación de la ley de Manejo del Fuego

La Asociación de Productores de Benito Juárez adhiere en todo su contenido a la declaración que hizo la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP) en relación con la recientemente sancionada Ley 26.816 denominada Ley de Manejo del Fuego.

10 de diciembre de 2020 20:12:00

El documento

"La reciente sanción en el Senado Nacional de las modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego 26.816, las cuales prohíben por el término de treinta (30) años desde la extinción del fuego cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio, independientemente si el incendio fuera provocado o accidental, claramente atenta contra el productor agropecuario y su seguridad jurídica".

"Esta nueva prohibición, además, se aplica a las superficies con bosques implantados o nativos, sumando nuevas restricciones a las ya existentes en la ley de bosques por hasta sesenta (60) años".

"Es de destacar que estas restricciones afectan profundamente el derecho de propiedad, además de ser aplicadas incluso a aquellos individuos que no son culpables de estos incendios en el caso de situaciones naturales, provocados por terceros o accidentales, tan comunes en el sur de nuestras provincias de Bs As y La Pampa en campos lindantes a vías del ferrocarril en tiempos de seca. Se trata de una situación insólita e inconstitucional, porque se impide disponer del inmueble alterando el derecho a la propiedad".

"Del mismo modo los propietarios deben soportar las consecuencias de la ineficiencia de un Estado que no es capaz ni de prevenir incendios tanto accidentales o como consecuencia de actos de vandalismo como así tampoco de aprehender y someter a la justicia a quienes lo hubieran originado".

"Estas modificaciones a la ley, que limitan el uso privado y comercial de tierras incendiadas, plantean una mirada prejuiciosa y muy injusta sobre el productor agropecuario, en quien recae la culpabilidad del hecho aun no siendo responsable, afectando la garantía constitucional de presunción de inocencia, quien además de haber perdido su capital de trabajo o sus inmuebles por estos hechos debe enfrentar una condena por un evento sobre el cual no tiene responsabilidad alguna y restricciones por décadas".

"Desde la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP), entendemos que esta nueva ley es el resultado de la incapacidad intelectual de los legisladores en la búsqueda de herramientas lógicas, inteligentes y realistas para atender una problemática seria y compleja, ante la fácil y sencilla receta de aplicar políticas partidarias en temas legislativos nacionales, actitudes revanchistas y castigos en lugar de reales soluciones autosaboteando al país al condenar previamente al productor impulsando normas que promueven incertidumbre sectorial".


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†Martín Antonio Illia

Falleció en Benito Juárez a los 94 años e, 17 de febrero de 2026 Sus restos serán inhumados el día 18 de febrero de 2026 en la necrópolis local, previo oficio religioso en la Capilla Ardiente a la hora 11:00. Hogar de duelo: Chacabuco 74 Velatorio: Falucho 75 Servicios Sociales Coop. de Consumo de Electricidad de Juárez Ltda.

†Oscar Abel Telleria

Falleció en Benito Juárez a los 95 años, el 18 de febrero de 2026 Sus restos serán inhumados el día 18 de febrero en la necrópolis local, previo oficio religioso en la Capilla Ardiente a la hora 12:00. Hogar de duelo: Sargento Cabral 21 Velatorio: Falucho 75 Servicios Sociales Coop. de Consumo de Electricidad de Juárez Ltda.

†Hugo Reynaldo Amestoy

FALLECIO EN B. JUAREZ EL DIA 13/2/2026. EDAD: 79 AÑOS. SEPELIO: EL DIA 14/02/2026 A LA HORA 10:00. RESPONSO: NO SE EFECTUA. VELATORIO: FALUCHO 75. HOGAR DE DUELO: LAVALLE 28.

†José Aníbal Colombi

Falleció en Benito Juárez a los 87 años, el 13 de febrero de 2026 Sus restos serán inhumados el día 13 de febrero, previo oficio religioso en la Capilla Ardiente a la hora 17:00. Hogar de duelo: San Juan 281 Velatorio: Falucho 75 Servicios Sociales Coop. de Consumo de Electricidad de Juárez Ltda.

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