Asociación de Productores-CARBAP
La Asociación de Productores de Benito Juárez adhiere en todo su contenido a la declaración que hizo la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP) en relación con la recientemente sancionada Ley 26.816 denominada Ley de Manejo del Fuego.
10 de diciembre de 2020 20:12:00
El documento
"La reciente sanción en el Senado Nacional de las modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego 26.816, las cuales prohíben por el término de treinta (30) años desde la extinción del fuego cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio, independientemente si el incendio fuera provocado o accidental, claramente atenta contra el productor agropecuario y su seguridad jurídica".
"Esta nueva prohibición, además, se aplica a las superficies con bosques implantados o nativos, sumando nuevas restricciones a las ya existentes en la ley de bosques por hasta sesenta (60) años".
"Es de destacar que estas restricciones afectan profundamente el derecho de propiedad, además de ser aplicadas incluso a aquellos individuos que no son culpables de estos incendios en el caso de situaciones naturales, provocados por terceros o accidentales, tan comunes en el sur de nuestras provincias de Bs As y La Pampa en campos lindantes a vías del ferrocarril en tiempos de seca. Se trata de una situación insólita e inconstitucional, porque se impide disponer del inmueble alterando el derecho a la propiedad".
"Del mismo modo los propietarios deben soportar las consecuencias de la ineficiencia de un Estado que no es capaz ni de prevenir incendios tanto accidentales o como consecuencia de actos de vandalismo como así tampoco de aprehender y someter a la justicia a quienes lo hubieran originado".
"Estas modificaciones a la ley, que limitan el uso privado y comercial de tierras incendiadas, plantean una mirada prejuiciosa y muy injusta sobre el productor agropecuario, en quien recae la culpabilidad del hecho aun no siendo responsable, afectando la garantía constitucional de presunción de inocencia, quien además de haber perdido su capital de trabajo o sus inmuebles por estos hechos debe enfrentar una condena por un evento sobre el cual no tiene responsabilidad alguna y restricciones por décadas".
"Desde la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP), entendemos que esta nueva ley es el resultado de la incapacidad intelectual de los legisladores en la búsqueda de herramientas lógicas, inteligentes y realistas para atender una problemática seria y compleja, ante la fácil y sencilla receta de aplicar políticas partidarias en temas legislativos nacionales, actitudes revanchistas y castigos en lugar de reales soluciones autosaboteando al país al condenar previamente al productor impulsando normas que promueven incertidumbre sectorial".
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FALLECIO EN B. JUAREZ EL DIA 25/01/2026. EDAD: 60 AÑOS. SEPELIO: EL DIA 26/01/2026. HORA: 10:00. RESPONSO: CAPILLA ARDIENTE. VELATORIO: FALUCHO 75. CASA DE DUELO: MENDOZA 104.
FALLECIO EN B. JUAREZ EL DIA 24/01/2026. EDAD: 64 AÑOS. SEPELIO: EL DIA 25/01/2026. HORA: 10:00. RESPONSO: CAPILLA ARDIENTE. VELATORIO: FALUCHO 75. HOGAR DE DUELO: 1. DE MAYO 321.
Falleció en B. Juárez, a la edad de 74 años, el 21 de enero de 2026. Asociación de Padres de Personas Discapacitadas y Despertares participan con sentido pesar su fallecimiento, acompañan a Delia y demás familiares en este doloroso momento, rogando una oración por el eterno descanso de su alma en la paz del Señor.
Falleció en Benito Juárez, a los 75 años de edad, el 18 de enero de 2026. Asociación de Padres de Personas Discapacitadas y Despertares participan con hondo pesar el fallecimiento de Tato, integrante de la Comisión Directiva, acompañan afectuosamente a Aida, Ramiro, Patricio y demás allegados; elevando plegarias al Señor por su eterno descanso.
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