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Tres años de prisión en suspenso para un policía radicado en Benito Juárez

Esa fue la condena impuesta por la Justicia a un policía bonaerense que fue hallado responsable de "abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido por ascendiente y contra una menor de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente". La instrucción de la causa estuvo a cargo de la Fiscal Karina Patricia Gennuso, Unidad Funcional de Investigaciones N°6 del Dpto. Judicial Azul.

6 de abril de 2024 11:59:00

El funcionario policial de 35 años es de Adolfo Gonzáles Chaves y su domicilio está en nuestra ciudad. No se aportan datos personales ya que, al identificar al hoy condenado, se logra identificar a la víctima menor de edad.

El caso investigado

El juicio estuvo a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal 2 de la Justicia dependiente del Departamento Judicial de Azul, a cargo de la Dra. Alejandra Raverta y el debate llevó a dejar probado que "el 26 de julio de 2018" en una vivienda de nuestra ciudad el padre biológico de la víctima sometió sexualmente a la menor -que al momento del hecho tenía 9 años- sin accederla carnalmente.

En aquel momento el hombre había llevado a su hija a pasar el fin de semana con él. La menor se hallaba, hasta ese momento, viviendo con su progenitora y en el marco de esa visita al padre se dio el caso de abuso cuando la niña estaba acostada sobre un colchón en la vivienda que en ese momento se hallaban ambos.

Durante el juicio la madre de la menor recordó que la niña dijo que "el papá la había estado tocando". Por ese motivo acudió a una profesional de psicología que fue quien alentó a denunciar el caso.

Una vez iniciada la investigación la niña declaró a través de Cámara Gesell y describió el hecho tal como había sucedido en aquel momento, cuando su progenitor la había traído de Chaves a Juárez para pasar unos días.

La pequeña en su relato, cuando tenía 9 años, dijo: "Yo estaba acostada en el colchón y él me empezó a apoyar cada vez más fuerte", agregando que este hombre le pidió "no cuentes nada de lo que yo te hago'", reiterando que "él se acostó conmigo y me empezó a apoyar", en clara actitud de abuso.

Por su parte, la menor pudo sostener en el tiempo el testimonio brindado en Cámara Gesell, cada una de las veces que fue llevada al relato de aquel hecho lamentable que la tuvo como víctima. La Jueza Dra. Alejandra Raverta se encargó de dejar en claro durante el juicio que durante la instrucción y el debate todo lo dicho fue ratificado con pruebas y testigos.

Un dato de referencia importante fue lo señalado por la Titular de Tribunal Oral Criminal 2, Dra. Raverta, quien señaló: "La declaración de la víctima me impresiona como natural, no inducida, ya que con sus limitaciones de lenguaje igual pudo describir el acto abusivo del que fue víctima y determinar la identidad del autor del mismo".

Condena

El caso investigado quedó firme como "Abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido por ascendiente y contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente".

Por el hecho fue condenado un policía de 35 años de edad, hoy radicado en Benito Juárez. La condena que se impuso fue de tres años de prisión de cumplimiento condicional.

Vale reiterar que el juicio se desarrolló en los Tribunales de Azul y estuvo a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal número 2 a cargo de la Dra. Alejandra Raverta.

Ayuda para el lector

Sobre la condena impuesta al policía quisimos saber más. De esta forma podemos decir que "tres años de cumplimiento condicional", representa lo siguiente:

"Tres años de prisión de cumplimiento condicional" es una sentencia que implica que la persona condenada no irá a la cárcel de inmediato, pero deberá cumplir ciertas condiciones establecidas por el tribunal durante un período de tres años.

Estas condiciones pueden incluir, entre otras cosas, la supervisión por parte de un oficial de libertad condicional, el cumplimiento de programas de rehabilitación o servicio comunitario, restricciones de viaje o la obligación de mantener un buen comportamiento.

Si la persona cumple con todas las condiciones establecidas durante el período de tres años, es posible que no tenga que cumplir la sentencia en prisión.

Sin embargo, si no cumple con las condiciones, el tribunal puede revocar la libertad condicional y ordenar el cumplimiento de la pena de prisión original.

En resumen, es una forma de permitir que la persona evite la cárcel siempre que cumpla con ciertas condiciones durante un período de tiempo especificado.

jcantero@elfenixdigital.com

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