jubilados: la variante del ajuste

jubilados: la variante del ajuste

La disminución continua y sistemática de los haberes jubilatorios

La Suspensión de la Actualización Previsional modificó de manera regresiva y perjudicial la actualización de los haberes, no solo de los jubilados, sino también de los pensionados por discapacidad, ex combatientes de Malvinas y titulares de la Asiganción Universal por Hijo y por embarazo, es decir afecta a los sectores más vulnerables de la población, entre otros

2 de mayo de 2021 02:05:00

Desde que comenzó el mandato de este gobierno nacional en diciembre de 2019 y tras la sanción de la Ley Nº 27541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública (publicada en el suplemento al B.O. de 23/12/2019) que dispuso la suspensión, por 180 días de la movilidad jubilatoria del Régimen General, prevista en el Art. 32 de Ley 24241; en consecuencia, a partir de ese momento se produjo la disminución continua y sistemática de los haberes jubilatorios de todos aquellos adultos mayores que perciben sus ingresos del Estado Nacional.-

De otra manera, la Suspensión de la Actualización Previsional modificó de manera regresiva y perjudicial la actualización de los haberes, no solo de los jubilados, sino también de los pensionados por discapacidad, ex combatientes de Malvinas y titulares de la Asiganción Universal por Hijo y por embarazo, es decir afecta a los sectores más vulnerables de la población, entre otros

.La promesa

Durante la campaña electoral de 2019, el entonces candidato a presidente Alberto Fernández gritaba a viva voz: "No es posible que no le podamos garantizar dignidad a los que todas su vida trabajaron".

"Una sociedad que se olvida de sus viejos es una sociedad miserable. Quiero vivir en una sociedad que le rinda a los que trabajaron toda su vida el respeto que se merecen", vociferaba Fernández en un encendido discurso proselitista orientado a la conquista del voto de los adultos mayores.

Que unos días más tarde, y luego de asumir la presidencia, comenzó a otorgar aumentos trimestrales por decreto, en tanto se estableciera una nueva fórmula de movilidad general, a cuyo fin se creó una comisión específica. Esta comisión debió estudiar y crear una fórmula distinta de movilidad general a la que se suspendió.

El incumplimiento

La fórmula suspendida tenía previsto otorgar movilidades por ejemplo en marzo 2020 de 11,6%, para el més junio 2020 de 10,9%, en fin para todo el año 2020 del 36,71% todos los beneficios sin distinción. Muy superior a los otorgados por decreto.

La suspensión de la movilidad jubilatoria se dispuso por 180 días pero eso nunca se cumplió por lo que anunciaron una prórroga hasta fin de año, período en el que el Presidente Alberto Fernandez siguió fijando los aumentos por decreto (Julio-Septiembre y Octubre-Diciembre), contraviniendo así la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que dice que debe haber un índice de movilidad fijado por el Congreso.

No obstante, si se tiene en cuenta el aumento que hubiesen percibido los haberes de los jubilados con la ley de movilidad suspendida en diciembre, en todos los casos los jubilados perdieron poder adquisitivo en comparación con los aumentos por decreto de este año.

Ejemplos

Para graficar y clarificar en el caso de una persona que cobra la jubilación mínima, que en diciembre de 2019 fue de $ 14.068, el haber a fin de 2020 fue de $ 19.035 con los aumentos por decreto (+35,31%), pero si se tiene en cuenta la fórmula suspendida le hubiera correspondido $ 19.304, por lo que la pérdida fue de $ 269 (-1,4%). Mientras que la pérdida en pesos acumulados a diciembre fue de $ 5.772.

Aquellos jubilados y jubiladas que cobran dos mínimas recibieron en diciembre de 2.019 $ 30.000, con los decretos de 2.020 (+28,53%) pasaron a cobrar $ 38.558. De esta manera, la pérdida en relación a la ley de movilidad suspendida es de $ 2.607 ya que les hubiese correspondido cobrar $ 41.165. En tanto, la pérdida en pesos a diciembre fue de $31.421.

Los que percibieron $ 60.000 en diciembre de 2.019, con las subas de 2.020 pasaron a cobrar $ 75.320 (+25,53%). La diferencia con el haber que hubiesen cobrado con la ley suspendida es de $ 7.011 u 8,5 %, ya que les hubiese correspondido cobrar $ 82.331. En el acumulado a diciembre la pérdida es de $ 80.742, es decir casi una haber jubilatorio al año.

Cinismo?

Analizando estos números y observando con el diario del lunes las acciones del gobierno nacional en este año y 4 meses de mandato, se creerá que actuó según lo expresado en una nota a un famoso periodista con alcance nacional? Cuando ya era primer mandatario, donde le expresaba tras una pregunta sobre si era posible un ajuste jubilatorio: "¿Usted piensa que yo estoy loco? ¿Qué voy a dejar a los jubilados, que los han dejado en la miseria, sin aumentarles el sueldo? Quiero aclararle que el que está preocupado por los jubilados soy yo no ellos que los dejaron como los dejaron", exclamaba un aireado Fernández.

Un año más tarde, el gobierno anunció una nueva fórmula de movilidad que, según la mirada de diversos expertos en la materia como el abogado Eugenio Semino, perjudicará más a los jubilados.

En ese entendimiento, y a la luz de los aumentos generalizados de precios, que desde hace meses se vienen registrando en la economía Argentina del año 2.021, el porcentaje de aumento que se dio en marzo del 8,07 % y el paupérrimo bono de $ 1.500 y los porcentajes que se darán con la nueva fórmula serán menores a la "fórmula de Macri" y sobre todo a la inflación galopante que está teniendo nuestra economía que a valores de 4,5% promedio mensual superará el 50 % anual.

"FORMULA MACRISTA"

Este Gobierno de Alberto Fernandez no puede explicar que la tan criticada "FORMULA MACRISTA" de movilidad previsional aprobada en diciembre de 2.017 terminó siendo mejor que la "FORMULA KIRCHNERISTA", el tiempo demostró que la fórmula de Macri era superadora para períodos de alta inflación, y que la democracia sufrió un injusto ataque por parte de sectores opositores y avalaron ataques de los violentos al Congreso.

Desde la sanción de la anulación en diciembre de 2.019, desde el Pro hemos expresado por diversos medios la disconformidad con la sanción de esta normativa, denunciando públicamente el perjuicio que han sufrido y siguen sufriendo los adultos mayores y distintos sectores vulnerables de la sociedad.

Por todo lo expuesto, desde esta humilde columna de opinión, instamos una vez más a las autoridades nacionales a revertir la situación denunciada, volviendo a poner en vigencia la "FORMULA MACRISTA" para el cálculo de haberes y pensiones previsionales, a fin que los beneficiarios de las mismas puedan paliar más dignamente el proceso inflacionario y de empobrecimiento general, al que todos estamos sometidos por la impericia del actuar gobierno nacional.

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†Hernán Ponciano Blanco.

FALLECIO EN B. JUAREZ EL 28/06/25. EDAD: 96 AÑOS. SEPELIO: DIA 29/06/25 HORA : 11.00. RESPONSO: CAPILLA ARDIENTE. VELATORIO: FALUCHO 75. CASA DE DUELO: ITUZAINGO 167

†José María Espinal.

FALLECIO EN B. JUAREZ EL 28/06/25. EDAD: 85 AÑOS. SEPELIO: DIA 29/06/25 HORA : 12.00. RESPONSO: CAPILLA ARDIENTE. VELATORIO: FALUCHO 75. CASA DE DUELO: SGTO . CABRAL 175

†Adelaida Ester Ruiz Vda. De Orich.

FALLECIO EN B. JUAREZ EL 27/06/25. EDAD: 79 AÑOS. SEPELIO: DIA 27/06/25 HORA : 16.30. RESPONSO: IGLESIA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN. VELATORIO: FALUCHO 75. CASA DE DUELO: MORENO 113.

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