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El Gobierno promulgó el nuevo régimen penal juvenil: las claves

La ley fija la responsabilidad penal desde los 14 años y establece penas y medidas específicas para adolescentes en conflicto con la ley. Se publicó en el Boletín Oficial.

9 de marzo de 2026 12:52:00

A tan solo diez días de su aprobación en el Senado, el Gobierno nacional promulgó este lunes el nuevo régimen penal juvenil que establece la responsabilidad penal desde los 14 años y fija un sistema de sanciones específico para quienes cometan delitos antes de cumplir los 18.

La iniciativa contempla la posibilidad de penas privativas de libertad en determinados casos, fija un máximo de 15 años de detención y establece medidas orientadas a la educación y resocialización de los jóvenes en conflicto con la ley penal.

La norma publicada en el Boletín Oficial establece el régimen penal aplicable a adolescentes de entre 14 y 18 años imputados por delitos previstos en el Código Penal o en leyes penales especiales. Según el texto oficial, el objetivo del sistema es fomentar en el adolescente imputado el "sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social".

Además, se establece que los adolescentes detenidos no podrán ser alojados junto a adultos y que los centros de detención deberán contar con personal capacitado para el tratamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal.

El texto fija un plazo de seis meses para que el sistema judicial y los organismos involucrados adapten sus estructuras antes de la implementación plena del régimen. Asimismo, invita a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adaptar sus legislaciones al nuevo sistema y fija que el Poder Ejecutivo nacional deberá supervisar su implementación en coordinación con las distintas jurisdicciones del país.

Claves del Régimen Penal Juvenil

Imputabilidad desde los 14 años: la normativa establece que los adolescentes serán penalmente responsables a partir de esa edad cuando estén acusados de delitos contemplados en el Código Penal o en leyes penales especiales.

Derogación del régimen vigente desde 1980: la ley elimina la normativa 22.278, que regulaba la responsabilidad penal de menores desde la última dictadura militar, y crea un sistema actualizado de justicia juvenil.

Enfoque en educación y reinserción social: el nuevo esquema establece que las sanciones deben orientarse a la formación del adolescente, a la comprensión del delito cometido y a reducir el riesgo de reincidencia.

Sanciones alternativas: la ley contempla medidas no privativas de libertad como servicios comunitarios, programas educativos, capacitación laboral, tratamientos médicos o psicológicos, monitoreo electrónico, prohibición de acercamiento a la víctima y restricciones para asistir a determinados lugares.

Prisión como última instancia: la privación de la libertad se establece como una medida excepcional y podrá cumplirse en el domicilio del adolescente, en institutos abiertos o en centros especializados.

Prohibición de prisión perpetua: el régimen establece que los menores no podrán recibir penas de prisión perpetua o reclusión perpetua y fija un máximo de 15 años de privación de libertad.

Suspensión del proceso a prueba: en delitos de menor gravedad, los jueces podrán aplicar la probation, que permite suspender el proceso si el joven cumple determinadas condiciones, como reparar el daño o realizar tareas comunitarias.

Fuente: Agencia DIB

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