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La Justicia condenó a Juan Carlos Villalba a 5 años acusado por Doble Homicidio Culposo Calificado en Concurso Ideal

En un juicio ordinario realizado en la Ciudad de Azul el juarense Juan Carlos Villalba fue condenado a 5 años de prisión, acusado de "Doble Homicidio Culposo Calificado e Infracción Ley 24449 en Concurso Ideal", en accidente ocurrido en el km 167 de la Ruta Provincial 86 del Partido de Benito Juárez, donde perdieron la vida en el acto Damián Alejandro Villalba y Lucas Leandro Zabala, ambos lapridenses. La instrucción de la causa estuvo a cargo del Dr. David A. Carballo y la condena fue impuesta por el Juzgado Correccional 2 a cargo del Juez Dr. Héctor Rodolfo Torrens, con fecha 7 de julio de 2025.

10 de julio de 2025 17:12:00

Sobre el debate

La causa iniciada con el número de IPP 01-00-000363-21, con fecha de 21 de enero de 2021 a raíz de un siniestro vial ocurrido a la altura del km 167 de la Ruta Provincial 86, Partido de Benito Juárez, en circunstancias en que el juarense Juan Carlos Villalba, a cargo de la conducción de un automóvil Renault Mégane, Dominio HUC-683, viajando acompañado por Damián Alejandro Villalba y Lucas Leandro Zabala, ambos lapridenses, perdió el control del automóvil cuando a una velocidad de 146,96 kph (según datos periciales que constan en la causa), cruzándose de carril hacia la mano izquierda cuando circulaba de Laprida hacia Benito Juárez.

Desarrollado el debate oral y público, estando las partes presentes, se recepcionaron pruebas incorporadas por lectura y los testimonios propuestos, concluyendo con la alegación final del MPF representado por el Dr. David Carballo, "quien solicitó la condena de Juan Carlos Villalba como autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo calificado por la conducción imprudente de vehículo automotor..., en perjuicio de Damián Alejandro Villalba y de Lucas Zabala". El fiscal solicitó la imposición de las penas de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo y diez años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores".

El Defensor Oficial Dr. Diego Prado "mocionó la libre absolución de su representado, argumentando que la prueba colectada no es suficiente para acreditar con certeza positiva que su representado haya sido el conductor del vehículo en el momento de ocurrencia del hecho...".

El hecho en cuestión

Se lee que, "con los elementos de prueba que se incorporaron al debate y las declaraciones escuchadas en su desarrollo, ha quedado debidamente acreditado que el día 21 de enero del año 2021, siendo aproximadamente las 6:20 horas, Juan Carlos Villalba, quien conducía el vehículo marca Renault Mégane... transitando sin licencia habilitante, con presencia de alcohol en sangre (al menos 0,71 gramos por litro) y además circulando a exceso de velocidad (al menos 146,96 kilómetros por hora), circunstancias que redundaron en que perdiera el control efectivo del automóvil que conducía, ingresó a la banquina, luego al préstamo y finalmente volcó el vehículo hasta detenerse..., previo recorrer 140 metros desde el inicio de la huella de derrape de neumático sobre la cinta asfáltica".

"Como consecuencia de la conducción imprudente... realizada sin el debido cuidado y prevención para conservar... el dominio efectivo del vehículo, y en las circunstancias antirreglamentarias en las que circulaba, se produjo el fallecimiento de... Damián Alejandro Villalba y Lucas Leandro Zabala".

En testimoniales se dijo que "... se observaba sobre la cinta asfáltica una frenada sobre la calzada de la ruta que une Laprida con Benito Juárez; que había un Renault Mégane color gris que iba en dirección de Laprida a Benito Juárez y estaba volcado sobre la banquina del lado opuesto, a unos 150 metros más o menos; que fuera del auto había primero un cuerpo y más lejos otro cuerpo".

Para acreditar responsabilidad a Villalba se tuvo en cuenta declaraciones de testigos y material fílmico aportados por cámaras de monitoreo de la ciudad de Laprida. Las videograbaciones aportadas, muestran en distintos lugares de esa ciudad al imputado, manejando el Mégane con el que horas después se registrara la tragedia.

Quedó acreditado que ni Damián Villalba ni Lucas Zabala, ambas víctimas del hecho, sabían manejar. Otra testigo dijo haber sido invitada por el imputado para viajar a Benito Juárez pero que no aceptó, descartando esa posibilidad porque "...él estaba tomando bebida alcohólica en ese mismo momento...".

Una de las profesionales actuantes en la causa, señaló que en su labor de bioquímica halló un valor de 0,71 gramos de alcohol por litro; que se consignaba las 6:30 horas del día 21 de enero como fecha y horario del hecho y las 9:16 horas de ese mismo día como la hora de extracción... esa diferencia temporal... permite hacer un cálculo retrospectivo para poder determinar cuál era la concentración de alcohol en sangre al momento del hecho...", relató, expresando que "hay una fórmula... donde se utiliza un coeficiente -que es 0,15- en función del lapso transcurrido; ...puede establecer que al momento del hecho -es decir, a las 6:30 horas- la concentración de alcohol en sangre en la persona de Juan Carlos Villalba era de 1,13 gramos por litro".

De los resultados de las intervenciones de autopsia, se pudo saber que ninguna de las dos víctimas registraba lesiones compatibles con el volante ni tampoco con el uso de cinturón de seguridad al momento del accidente.

El Juez Torrens señala: "Del material aportado al debate entiendo debidamente acreditado que Juan Carlos Villalba era la persona de sexo masculino que estaba a cargo de la conducción del vehículo Renault Mégane dominio HUC 683 que tuviera intervención en el hecho que motivara la formación de la presente causa penal".

Como agravante surgió de un antecedente que Juan Carlos Villalba registra una pena de cuatro años y seis meses de prisión, impuesta tiempo atrás por el mismo Juzgado Correccional 2 que ahora lo condena nuevamente.

Lo que recae sobre el imputado Villalba es un hecho registrado en 2014, juzgado y condenado en 2018 con ese tiempo de 4 años y seis meses de prisión impuesta.

El Juez, Dr. Héctor Rodolfo Torrens, titular del Juzgado Correccional 2 concluye en su resolución judicial "...condenando a Juan Carlos Villalba... como autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, con presencia de alcohol en sangre, generando una pluralidad de víctimas mortales -dos- y transitando a una velocidad superior en más de 30 kilómetros por hora a la máxima permitida en el lugar del hecho... cometido en el partido de Benito Juárez el día 21 de enero de 2021 en perjuicio de Damián Alejandro Villalba y de Lucas Leandro Zabala, a las penas de cinco años de prisión y diez años de inhabilitación especial para conducir vehículos con motor, con accesorias legales..."

jcantero@elfenixdigital.com

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