Opinión

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Independencia Judicial: no somos coherentes

Por: Joche Cantero
18 de agosto de 2022 23:55:00

Hablar de la independencia para los jueces de todo el país, es muy común. Como también lo es querer que esos mismos jueces "tomen las decisiones que nosotros queremos". En el primer caso es correcto. La Justicia, los hombres y mujeres que trabajan y la representan, deben ser independientes. No dejamos que así sea, ni creemos en la independencia judicial.

Tenemos una opinión formada por sospechas, más que por pruebas. Creo que 80% (de sospechas) a 20% (de pruebas, o mucho menos). Y defendemos hasta el hartazgo y el enojo, si es necesario, cuando nos quieren hacer entender lo contrario. Es más fanatismo que razón.

Lo vemos cuando hablamos de corrupción a nivel nacional; lo debatimos en nuestros pueblos cuando suceden casos lamentables e importantes y hasta se llega a hacer justicia por mano propia, ya que "la Justicia no hace nada".

Nos llaman de testigos y no tenemos nada para decir. Nos piden ayuda para esclarecer un hecho y no podemos porque no queremos problemas. Mientras tanto, sin salir de casa, "por lo que dicen los medios", "por los comentarios de vecinos" y "por inventos de malintencionados", hacemos justicia sin piedad. Nuestro "código penal" no tiene límites. Cuando la justicia comienza a hacer su trabajo, nosotros "ya tenemos la sentencia". Solo por sospechas. Ni una prueba. Solo asistidos por el hecho de que "nuestra opinión es infalible".

Justicia fallida

Si hacemos un pequeño repaso de la historia, tenemos ejemplos en Juárez que la justicia por mano propia no acertó: El lunes 9 de enero de 2017 se inició el caso Agustines.

Por aquellos días, todo por comentarios, un vecino de Barrio Pachán fue sindicado como "el autor del ataque a los dos adolescentes" y "si no fue él, fue la policía". Afirmaciones muy fuertes y lamentables para un caso ocurrido en una ruta, en el campo "sin testigos directos".

Por comentarios se dio crédito "a lo que habría dicho un médico". (Algo así pasó en Laprida en Caso Abregú). Los adolescentes habrían sido golpeados "con un elemento contundente, de diámetro similar al machete de la policía". Se creyeron de manera segura que había un detenido por el ataque a los chicos (no era cierto). Así fueron gestándose las "hipótesis pueblerinas" y salió la gente a la calle a pedir la detención del primer vecino. Como esto no era posible porque, gracias a Dios la justicia busca pruebas incriminatorias para dar cumplimiento a una detención, un grupo de vecinos corrió hasta Pachán e incendió la vivienda y una camioneta del vecino señalado como autor. Al regresar apedrearon la Comisaría y debió intervenir Infantería.

Conclusión: Nada de todo lo que se decía fue lo que descubrió la justicia. Bien vale destacar que la fiscal Dra. Laura Margaretic, durante varios meses dedicó largas horas a investigar, analizar e hilvanar todo conforme a un HOMICIDIO DOLOSO: El homicidio doloso es aquel en el que se aprecia dolo. El conocimiento y la voluntad de que con los actos realizados se va a producir o se puede producir el resultado de muerte de una persona (Explicación de Dexia Abogados). Lo que se creyó en primera instancia: Un ataque a los adolescentes.

Finalmente, poco más de 20 peritos de distintos lugares, concluyeron que estaban ante un caso de HOMICIDIO CULPOSO. Así se juzgó y se dictó sentencia. Según Wikipedia: El homicidio culposo, también llamado homicidio negligente o involuntario, es un delito que consiste en causar la muerte a una persona por una acción negligente.

Es poco probable que nuestra imaginación o fundamentos surgidos de comentarios y sospechas, llegue a cumplir una justicia verdadera, como la que logran aquellos que van reuniendo y ordenando todo conforme a una INVESTIGACIÓN bien hecha.

Caso Abregú - Laprida

Los medios nacionales llegan a los pueblos pequeños cuando un caso grave ha generado noticia. Lo tratan de la misma manera que en una gran ciudad. Sin respetar familiares de víctimas e investigados, todos vecinos y conocidos (comunidad pequeña). Se nutren de los comentarios vecinales y, de alguna forma alientan a la generación de hipótesis. Como "lo dijo tal canal", debe ser cierto. Así lo cree la gente. Así pasó en Laprida y sigue por estos días, con muy pocos con acceso al material reunido en la investigación de la causa.

Se califica duramente a personas que ni la justicia tiene pruebas para acusar como lo hacen los vecinos: asesinos. Con solo decir que, al momento de hallarse muerta Daiana Abregú, dos policías no estaban en la Comisaría, ya es injusto generalizar, utilizando tan fuerte palabra.

Se presionó a través de organismos a los fiscales del caso que, sin pruebas fuertes y concretas, puedan dar a cada uno de los cinco policías detenidos una acusación legal. Al igual que "la justicia vecinal" no tuvo nada claro ni puntual en la acusación. Ellos saben que "El acusado no está obligado a presentar pruebas ni a probar su inocencia. Es el fiscal quien debe probar la culpabilidad del acusado" (Texto en cursiva, tomado de Principios Constitucionales y Convencionales que rigen el proceso de Juicio por Jurados).

No se trata de defender a los acusados. Se trata de no utilizar palabras que hieren y generan divisiones en una comunidad donde se cruzan, inevitablemente, varias veces al día. Hay tiempo para la condena social. Si quiere se puede aplicar una vez finalizado el trabajo de la justicia.

Lo más difícil...

Hablamos de Justicia Independiente, pedimos que no elijan más Jueces amigos, que no haya persecución contra nadie y que se deje trabajar a fiscales y jueces, pero... impacientemente y por lo mismo que ya se dijo antes: por sospechas, por suposiciones, por lo que dicen (y creemos, pero no hemos visto nada), pedimos "PRISIÓN YA..." para la... el o los culpables de un supuesto ilícito, apartándonos, de aquello que dice: "Toda persona acusada de un delito se presume inocente, hasta tanto se demuestre lo contrario y en caso de existir duda razonable acerca de su culpabilidad se lo absolverá". (Texto en cursiva, tomado de Principios Constitucionales y Convencionales que rigen el proceso de Juicio por Jurados).

Lo que no hacemos en Argentina es respetar la libertad judicial. Queremos que la justicia haga LA NUESTRA.

Queremos que hagan justicia por la opinión de gente que NO SE ANIMA A SER TESTIGO, de gente que NO TIENE PRUEBAS, pero como tiene lengua, critica, juzga y condena, basados solo en chismes. Así no es. Así no hay justicia.

Por eso en Argentina, nunca se podría aplicar la pena de muerte (más allá de que se aplica cada vez menos en el mundo). Lamentablemente, en el caso de nuestro país se aplicaría -según nosotros-, conforme a "quién es el acusado (o los acusados)" y no "qué hizo" o "qué pruebas existen en su contra".

La Jueza Dra. Mariana Giménez, del Tribunal en lo Criminal 1 de Necochea en un caso de Juicio por Jurado entregó un reglamento para que los 12 jurados tengan en cuenta. Allí, entre otras explicaciones, se lee: "Deben ignorar por completo cualquier información radial, televisiva, de diarios, celulares o de internet. Cualquier información externa a la sala del juicio acerca del caso NO constituye prueba. Su decisión no puede estar influenciada por sentimientos de lástima, prejuicio o miedo. Tampoco deben dejarse influenciar por la opinión pública. Todos esperamos su valoración imparcial de la prueba. (Extraído de "Reglas y Obligaciones de los y las integrantes del Jurado" - Juicio por Jurado) (Negrita del editor)

Aprendamos de una buena vez, porque la coherencia es importante en todo sentido y no nos gustaría que este tipo "de justicia dependiente de opiniones" se aplicara en casos cercanos.

jcantero@elfenixdigital.com


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