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Juicio abreviado: "una violación flagrante de los derechos de la víctima"

A los 32 años, el Dr. Carlos Paulino Pagliere (h) se convirtió en el juez más joven del Departamento Judicial de Azul.

19 de mayo de 2023 23:04:00

Es hijo del Dr. Carlos Paulino Pagliere, se recibió de abogado en la Universidad de Buenos Aires (UBA) y antes de su asunción en el TOC2 cumplió diversas funciones en el Poder Judicial. 'Se fue haciendo camino al andar'. Su juventud siempre estuvo respaldada por su capacidad.

En la Justicia sucede como en otros ámbitos de la vida misma, hay funcionarios que solo trabajan para cumplir con lo justo y necesario y otros, como el Dr. Pagliere hijo, aspiran a cambiar lo que está mal y desde los medios no debemos descartar ese intento ya que más de una vez nos hacemos eco de la crítica de vecinos que aguardan justicia por la muerte de un familiar y "el acuerdo de un juicio abreviado" los dejan con un sabor más que amargo ya que el imputado y el fiscal actuaron conforme a la ley y acordaron la menor condena.

Muchas veces se dice que "la Justicia corrupta" resolvió así y no es como lo decimos. Está escrito en una ley, por lo tanto, es legal. Tarea de los legisladores que no hacen mucho por modificar lo que está mal, no obstante "brilla la luz de la esperanza". Veamos.

El Dr. Carlos Paulino Pagliere (h) aspira a cambiar lo que está mal

Nunca quisiste ni pensaste ser una víctima; pero ahí estás, sin remedio. Y nada podés hacer al respecto, salvo pedir justicia.

Arranca el proceso penal. Habiéndose juntado la prueba necesaria, se cierra la etapa de investigación y se eleva la causa a juicio. Ahora estás a la espera del debate oral y público, con la ilusión de que darán a tu victimario la pena que merece.

Pero un día te citan a tribunales, y el juez te notifica que en tu causa presentaron un juicio abreviado. "¿Qué es eso?", preguntás. Y te explican: "Es un acuerdo entre el fiscal y el imputado (y su defensor), por el que pactan la pena a imponer en la sentencia". Te la dicen (es el mínimo legal) y vos no estás para nada conforme.

"A mí nadie me consultó...", balbuceás. Te responden que no es necesario preguntarte nada, porque el acuerdo es solamente entre el fiscal, el imputado y su defensor. Vos, que sos víctima, no participas. El juez agrega: "Pero aquí estoy para escucharte..." (la ley, en realidad, lo obliga).

Abrigando una última esperanza, te haces escuchar: "Lo que quiero decir es que me opongo al juicio abreviado..." y, seguidamente, pedís un debate oral y público para exigir una pena mayor a la pactada. Tenés tus razones: el delito es atroz; el daño causado es enorme; hay un montón de circunstancias agravantes; y tu victimario está lleno de antecedentes.

"Muy bien -dice el juez-, que conste en acta". Lo mirás expectante y nada. Preguntás: "¿Eso significa que va a rechazar el juicio abreviado?".

"¡De ninguna manera! -se horroriza el magistrado-. La ley lo prohíbe". (Extraído de "El derecho de la víctima a oponerse al juicio abreviado", una nota escrita por el Dr. Carlos P. Pagliere (h) para Diario El Tiempo)

Más adelante en la misma nota el joven Juez señala: "Estas escenas, tan indignantes e injustas, no sólo hacen descrédito y vergüenza a los miembros del poder judicial; sino que, además, generan situaciones de zozobra y violencia, que ya han derivado en agresiones verbales y físicas a funcionarios públicos".

El Fiscal Dr. Ignacio Calonje informó a familiares de una víctima de tránsito, en Tandil, que se había acordado un juicio abreviado, por lo que no habría juicio oral y fue agredido por un familiar.

El Magistrado azuleño afirma "...una cosa es que, tras de un juicio -en que la víctima pudo oír, hablar, preguntar, responder, argumentar y alegar- no obtenga la sentencia pretendida; pero otra cosa, muy distinta, es que tenga que observar, pasivamente, cómo pactan a sus espaldas una pena hecha a medida de su victimario".

Y recuerda, "antes de la ley provincial 15.232 (vigente desde enero de 2021), a la víctima no le informaban del acuerdo de juicio abreviado ni la citaban para ser escuchada. Se enteraba de todo con el hecho consumado, cuando le notificaban la sentencia".

Sigue el Dr. Pagliere en su nota y señala "Era cruel, sin dudas. Pero lo que ocurre hoy es doblemente cruel: se la convoca para decirle que no se la tuvo en cuenta al pactar el juicio abreviado y, a la vez, para hacerle saber que diga lo que diga tampoco le van a llevar el apunte".

Y aquí demuestra haberse puesto al frente en lo que considera "violación flagrante de sus derechos" (en el caso de la víctima), haciendo referencia a que "...por eso que la Cámara Penal de Azul (que integro), en la causa N° 45.415 "Jaureguiber, Luciano. Homicidio culposo. Tandil. Víctima: Jorge Sebastián Simón", a través de mi voto -al que adhirió el Dr. Gustavo Agustín Echevarría- declaró la inconstitucionalidad del artículo 402 del Código Procesal Penal bonaerense".

Con esta resolución -sin precedentes en la justicia provincial- la Cámara Penal de Azul habilita a la víctima de un delito a oponerse al juicio abreviado. Tanto por sí misma como a través de su representante legal.

En el caso sucedido en Tandil será un Juez quien deberá resolver ahora si la oposición de los familiares de la víctima es fundada y razonable. Si así lo considera desestimará el juicio abreviado y ordenará que el proceso se resuelva sin pactos, en un juicio oral y público.

Para una Justicia que permanentemente se mueve en el centro de la escena, es importante la decisión adoptada por el TOC2 de declarar la inconstitucionalidad del Art.402 del CPPB ya que es una decisión justa y empática para con las víctimas. Demostrando de esta manera que hay magistrados que trabajan verdaderamente, para hacer justicia.

Para quienes pretendemos que la justicia recupere credibilidad y confianza, este será un caso a seguir de cerca para saber cómo se resuelve.

jcantero@elfenixdigital.com

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