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Entrevista a Felicitas Pérez Pardo sobre Mayores Contribuyentes

Dado que hay poco conocimiento de que trata ser Mayores Contribuyentes, El Fénix entrevisto a la ex concejal Sra. Felicitas Pérez Pardo, una persona de amplio conocimiento legislativo, de las responsabilidades del ejecutivo y muy respetada en el ambiente político de nuestra ciudad.

6 de mayo de 2025 23:32:00

Destaca que es interesante estar inscripto-externo-externo, ya que le da al ciudadano la posibilidad de que, sí en alguna ocasión como ciudadano Juarense está en disconformidad con las tasas municipales, obtenga la posibilidad de ser participante en la sesión del HCD cuando tratan una de las ordenanzas más importantes que es la ordenanza Fiscal Impositiva.

Felicitas nos dijo lo siguiente, "La figura mayores Contribuyentes es un grupo de ciudadanos que, según la constitución de la Prov. de Bs. As. Tiene que aprobar todo lo que sea aumentos de tasas o créditos que tome el municipio. Si está en la constitución, hay que respetarlo".

Que dice la ley

"En el Decreto Ley 6769/1958 que nosotros llamamos Ley Orgánica de las municipalidades, figura como funciona y quienes pueden integrar la asamblea de mayores contribuyentes. Ahí dice que, todos los ciudadanos que tengan alguna tasa o contribución que le paguen al municipio. La Ley es muy fácil de buscarla en internet, ingresando a la página normas.gba.gob.ar están todas las normas de la Prov. de Bs. As. Siempre hay que ir a la parte de actualización porque hubo muchas reformas de ley".

Agregó, "Por mi experiencia en el HCD, la condición es estar al día con las tasas municipales. Cualquier ciudadano puede inscribirse en el registro de mayores contribuyentes y no es necesario ser propietario".

Donde y cuando anotarse

"Anotarse hasta el jueves 15 de mayo, solamente hay que ir a la secretaria de Gobierno que solicitaran el nombre, domicilio y tasas pagas. La mayoría paga, alumbrado, agua y mantenimiento urbano. Otras personas tienen tasa vial, seguridad e higiene o cementerio. Las patentes de vehículos que se pagan en el municipio no son tasas, es un impuesto Provincial".

¿Cuántos mayores contribuyentes se necesita en una asamblea?

"Se Necesita el doble de la cantidad de concejales, serian 28 personas, De esas 28, se arma posteriormente al 15 de mayo, un legajo donde están todas las inscripciones, y las tasas que cada uno paga, de ahí sube al concejo deliberante y se analiza si están o no al día. Estando al día, se quedan en el listado, de lo contrario se solicita un cambio"

Aclaró, "Si no se inscriben 28 personas por propia voluntad, la Ley Orgánica dice que el departamento ejecutivo tiene atribuciones para completar la lista. A partir de ahí, cada bloque elige el doble de la cantidad de concejales que tiene. Un ejemplo de caso puntual a hoy, El Frente para la Victoria tiene 7 concejales, va a elegir 14 contribuyentes. Juárez Renace tiene 3 concejales, elige a 6 contribuyentes y Juntos tiene 4 concejales y elige 8 contribuyentes. con esos 8, 6 y 14 se arma la lista de titulares y suplentes".

Cuando participan de asambleas los mayores contribuyentes

"Puede ser en cualquier asamblea, porque puede pasar como mencione arriba, que el municipio pida un crédito y se necesite la figura de mayores contribuyentes para aprobarlo, y la otra, la Ordenanza Impositiva Fiscal, que también se necesita la figura de mayor contribuyente para aprobarlo".

"El trámite de la Fiscal Impositiva, primero votan los concejales solos en una sesión para definir cuál será la ordenanza preparatoria que va a ir a la asamblea. En dicha asamblea, los contribuyentes lo que pueden hacer es votar por sí o por no, expresándose lo que está bien o lo que está mal. Y se finaliza votando por articulo o general".

mafiorentino@elfenixdigital.com

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