Economía
El Banco Central eliminó los límites de compra y simplificó el acceso al mercado oficial. Para el turismo, sin embargo, se mantiene un recargo impositivo.
12 de abril de 2025 12:44:00
El Ministerio de Economía y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunciaron este viernes 11 de abril el fin del cepo cambiario para personas humanas, en el marco del inicio de la Fase 3 del programa económico iniciado en diciembre de 2023. La medida supone un cambio estructural en las condiciones de acceso al dólar oficial y modifica las reglas vigentes para el ahorro, las compras de divisas, el pago con tarjeta y el uso del mercado libre de cambios (MLC). En los hechos, siguen trabas cambiarias en pie pero operan para los stocks, no para los flujos. Y el cambio es de relevancia para personas humanas.
Qué cambia desde el lunes
Desde el lunes 14 de abril, las personas físicas van a poder comprar dólares para atesoramiento sin tope mensual, sin las restricciones que existían hasta ahora y sin las condiciones que vinculaban el acceso al tipo de cambio oficial con otras situaciones personales.
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Desaparece el límite de USD 200 mensuales para la compra de dólares en bancos o casas de cambio. Cabe aclarar, sin embargo, que si bien la Circular 8226 del BCRA que lo establece fija algunos requisitos. Concretamente, el punto 1,1 de la norma dice que la operación debe curse en efectivo no debe superar los USD 100 dólares por mes calendario, con lo cual de hecho para las transacciones en efectivo el cupo se reduce a la mitad. Además, la norma aclara que en caso de que el cliente "utilice efectivo en moneda local" deberá suministrar al banco "una declaración jurada" en la que conste que se cumple con el requisito. mencionado precedentemente". Esta restricción fue calificada por el economista Carlos Rodríguez como la creación de "dólares virtuales".
Ya no rige la prohibición para beneficiarios de subsidios, asistentes a programas sociales o empleados públicos.
No se aplican más las restricciones cruzadas que impedían operar en el MULC (Mercado Único y Libre de Cambios) si se había comprado dólar MEP o contado con liquidación (CCL) en los 90 días anteriores.
Se elimina la percepción impositiva sobre la compra de moneda extranjera, excepto en dos casos.
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