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Transporte de granos: oficializaron la obligatoriedad de la carta de porte electrónica

Entrarán en vigencia el 1° de septiembre y serán de aplicación obligatoria a partir del 1° de noviembre.

25 de junio de 2021 10:06:00

Fuente: Clarín

Este viernes se oficializó el uso de la carta de porte electrónica obligatorio, una herramienta digital que le permitirá al Estado mejorar la capacidad de fiscalización del sector agrícola y simplificar los trámites y que entrará en vigencia el primero de septiembre próximo.

Según la resolución 5017/2021, la carta de porte electrónica que reemplazará los formularios en formato papel que hasta ahora se utilizaban para documentar el traslado de granos automotor y ferroviario al interior del país.

En este marco, con la nueva modalidad el proceso de solicitud, carga y emisión del comprobante se hará online en un solo paso y en una misma aplicación.

La AFIP explicó este jueves que las cartas de porte electrónicas no serán reutilizables y contarán con un código de barras y código QR que permitirá visualizar los datos de origen y destino de la carga, fundamentales para el control en ruta.

Los cambios entrarán en vigencia el 1° de septiembre y serán de aplicación obligatoria a partir del 1° de noviembre.

Las modificaciones que dotan de mayor transparencia a la actividad fueron presentadas durante un evento en el que participaron la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont; el ministro de Transporte, Alexis Guerrera; el ministro de Agricultura, Luis Basterra; y la ministra de Seguridad, Sabina Frederic.

"La implementación de la carta de porte electrónica representa un hito en la fiscalización del sector agrícola. Nos permite controlar movimientos no registrados para limitar operaciones irregulares que no solo afectan la recaudación y alimentan el contrabando sino que también perjudican a la mayoría de los actores que cumplen con las reglas" , expresó Marcó del Pont durante la presentación.

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